El último paso tras la compra de una vivienda es su inscripción en el Registro de la Propiedad, se trata de un paso voluntario pero muy aconsejable por todas las implicaciones que tiene y obligatorio si queremos solicitar una hipoteca o posteriormente venderla.
Con el fin de inscribir una vivienda en el Registro de la Propiedad es indispensable tener la Escritura Publica y el Impuesto sobre transmisiones (en el caso de vivienda de segunda mano) o el IVA (en el caso de vivienda nueva)
En el Registro de la Propiedad se inscriben los actos que afectan a la propiedad y proporciona seguridad jurídica a los derechos inscritos.
La Inscripción de la vivienda en el Registro de la Propiedad garantiza al comprador:
- De ser el único propietario
- Protege frente los posibles acreedores del vendedor de la vivienda. Ante un posible embargo solicitado por un acreedor del vendedor, este se realizará sobre sus bienes, si el comprador no ha registrado la vivienda a su nombre, se verá inmerso en un largo y costoso procedimiento judicial para demostrar su titularidad.
El Registro de la Propiedad es público, permitiendo a cualquiera que quiera adquirir un inmueble consultar si el mismo figura a nombre de quien se lo va a vender y si existe alguna carga que lo grave (embargos, hipotecas, opciones compra, servidumbres..)
La publicidad del Registro se realiza mediante nota simple informativa o certificación expedida por el Registrador.
En conclusión, la inscripción en el Registro de la Propiedad, si bien es voluntaria, es absolutamente recomendable.